Las personas que hagan donaciones al “El Saliente” pueden deducir parte de sus cuotas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
En 2015 se han incrementado los tipos de deducción aplicables para las cuotas y donaciones, tanto de particulares como empresas
Ideal.es
Martes, 10 de mayo 2016, 07:21
La Asociación de Personas con Discapacidad "El Saliente" ha comenzado a informar a sus socios y socias de las bonificaciones fiscales que pueden obtener por el carnet de socio y por realizar donaciones a Entidades sin Ánimo de Lucro como ésta. En 2015 se han incrementado los tipos de deducción aplicables para las donaciones que se realicen en favor de Entidades acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
Por lo tanto, las personas físicas, en el IRPF correspondiente a 2015 podrán deducirse desde el 27,5% del importe de sus cuotas y/o donativos de la cuota íntegra, según cantidades y ejercicio en el que realicen su aportación, con un límite del 10% de la base liquidable.
Para las personas jurídicas, en el Impuesto de Sociedades correspondiente a 2015 podrán deducirse desde el 35% de sus cuotas y/o donativos de la cuota íntegra, según cantidades y el ejercicio en el que realicen tu aportación, con un límite del 10% de la base liquidable.
Si la persona es física o jurídica no residente en España y obtiene rentas en nuestro país, tiene también un beneficio fiscal por el importe de sus donativos.
Toda esta información se encuentra para consulta en la web de la Agencia Tributaria www.aeat.es, llamando a la Asociación "El Saliente" al 950 62 06 06 o enviando un correo electrónico a elsaliente@elsaliente.com
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