Un juez revoca la fianza civil de 3,1 millones al Ayuntamiento de Albox por 98 viviendas irregulares
El auto se aviene a las alegaciones del Consistorio y deja sin efecto la medida
EUROPA PRESS
El Juzgado de Instrucción 1 de HuĆ©rcal-Overa ha revocado la fianza civil de mĆ”s de 3,1 millones de euros que impuso al Ayuntamiento de Albox para hacer frente a las posibles responsabilidades pecuniarias que se derivasen de la causa contra los dos constructores de un residencial ya que, en este proceso, la FiscalĆa interesa, ademĆ”s de penas de prisión y de inhabilitación especial, la demolición de 98 viviendas propiedad de ciudadanos britĆ”nicos.
El auto, consultado por Europa Press, se aviene a las alegaciones del Consistorio y deja sin efecto la medida al estimar ahora que, en los hechos investigados, no consta intervención "alguna" del Ayuntamiento o de "funcionario o empleado público a su servicio" que justifique la responsabilidad directa o subsidiaria que sà apreció en el auto de apertura de juicio oral dictado en noviembre de 2014.
El juez Victor M. Samper hace alusión al artĆculo 615 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y remarca que, en este caso, no se dan los supuestos para exigir responsabilidad civil a la administración local albojense ya que la "lesión" que podrĆa provocar una sentencia condenatoria con orden de demolición no es "consecuencia directa" del funcionamiento de los servicios pĆŗblicos.
El auto de apertura de juicio oral revocado parcialmente señalaba como responsables civiles al Consistorio albojense y a las empresas 'Proyecto y Construcciones Almanzora S.L.', Procoal Villas S.L., y Empire Villas S.L. mientras que para los acusados Juan Francisco A.G. y Diego Luis A.H. interesó fianzas de 3,8 y 3,1 millones, respectivamente, ya que al primero de ellos se le imputa ademÔs dos presuntos delitos contra la Hacienda Pública.
A un tercer enjuiciado, arquitecto técnico y contra el que el Ministerio Público no ha formulado acusación aunque sà una de las cuatro acusaciones particulares personadas en la causa en representación de los compradores de las casas, le pide también 3,1 millones de euros de caución.
Las 98 viviendas sobre las que se pide orden de derribo, cuantificado en 688.666,95 euros que la FiscalĆa interesa que asuman los promotores, se levantaron en el paraje 'El Romeral-La Aljambra' entre los aƱos 2004 y 2006 sobre un suelo calificado como no urbanizable y sin la preceptiva licencia municipal de obras, por lo que, segĆŗn recoge el escrito de calificación provisional, "no son autorizables al no ajustarse a la normativa urbanĆstica vigente en el municipio de Albox".
Cabe recordar que el Juzgado de lo Penal 2 de AlmerĆa condenó en septiembre de 2014 al Ayuntamiento de Albox a indemnizar por daƱos morales a tres familias de origen britĆ”nico que, en 2004, adquirieron viviendas en la urbanización 'Las Palmeras', construidas sobre suelo no urbanizable, y a una cuarta familia por los perjuicios causados ya que, despuĆ©s de que la obra quedase paralizada, tuvieron que vivir de alquiler hasta que regresaron a Reino Unido.
Por otra parte, y al margen de la indemnización cuyo total asciende a 142.800 euros y de la que se declaró al Consistorio albojense responsable civil subsidiario, la jueza rechazaba ordenar la demolición de los inmuebles al considerar que esto causarĆa "mĆ”s perjuicios que beneficios" ya que, segĆŗn seƱalaba, por un lado las viviendas "podrĆan ser legalizadas" en un plazo "que depende de los trĆ”mites administrativos" y, por otro lado, los perjudicados habĆan comprado de "buena fe".
El relato de hechos del Ministerio Público recoge que Juan Francisco A.H., gerente de la promotora Proyecto y Construcciones Almanzora S.L. y de las constructoras Procoal Villas S.L. y Empire Villas S.L., y su hermano Diego Luis A.H., arquitecto de profesión y técnico director, llevaron a cabo la edificación de 98 viviendas en "terreno clasificado como suelo no urbanizable" y sin licencia municipal.
SeƱala que el primero de ellos, a travĆ©s de las anteriores mercantiles, celebró, asimismo, contratos de compraventa de las referidas viviendas no autorizables con terceras personas, en su mayorĆa ciudadanos britĆ”nicos residentes en la Comarca del Almanzora almeriense.
La FiscalĆa reprocha tambiĆ©n a J.F.A.H. que, pese a que tenĆa "conocimiento" de que pesaban sobre el residencial órdenes de paralización acordadas como medida cautelar por el Ćrea de Urbanismo del Ayuntamiento de Albox en abril y en septiembre de 2004, hiciese presuntamente "caso omiso" y no sólo continuase la obra "ya iniciada, sino que ademĆ”s" construye "nuevas en las mismas parcelas".
Supuesto falseo del precio de venta
El principal acusado se enfrenta tambiĆ©n a dos presuntos delitos contra la Hacienda PĆŗblica ya que, con el objetivo supuesto de "evadir el pago de los correspondientes impuestos", hacĆa constar en las escrituras de venta "un precio muy inferior al realmente abonado por los compradores". De esta manera, en la anualidad 2005 del IRPF "dejó indebidamente de ingresar al erario pĆŗblico 194.108,41 euros" mientras que la cuantĆa en 2004 por este mismo concepto fue de "156.554,17 euros".
En la vista oral, el fiscal va a interesar para J.F.A.H. penas que suman seis aƱos y nueve meses de cĆ”rcel como presunto autor de un delito continuado contra la ordenación del territorio, un delito de desobediencia, y dos contra la Hacienda PĆŗblica mientras que para D.L.A.H. va a pedir dos aƱos de cĆ”rcel por el primero de los delitos. Al margen de las penas de prisión, para ambos solicita el pago de una multa de 24 meses a razón de 50 euros al dĆa e inhabilitación especial por periodo de dos aƱos.
El promotor y constructor del residencia se enfrenta, asimismo, por los delitos fiscales a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, asà como del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social por un periodo de cuatro años.