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Martes, 10 de mayo 2016, 06:23
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Fuentes judiciales informaron de que la actuación administrativa que dio lugar a la incoación del procedimiento se remonta al año 2006 tras la construcción de cuatro viviendas unifamiliares sobre un terreno agrícola ubicado en la parcela 200, polígono 29 del paraje Terreras, en la pedanía de Arroyo de Albanchez.
Según consta en las actuaciones, los inmuebles, adquiridos por residentes británicos que están personados en la causa como perjudicados ya que la Fiscalía solicita su derribo, se levantaron en "suelo no urbanizable, sin licencia municipal de obras y sin estar vinculadas a ninguna explotación agrícola, forestal o ganadera, y por tanto, con carácter puramente residencial y no suceptibles de autorización".
El Ministerio Público, en virtud de las diligencias practicadas por los agentes de la Policía Autonómica tras el expediente de disciplina urbanística incoado por la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía, considera, asimismo, que Llamas, "a sabiendas" de que no contaban con permiso de obras y licencia de primera ocupación, expidió autorizaciones para dotarlos de servicios de luz y agua.
La defensa del regidor ha trasladado su confianza en poder acreditar durante la vista oral que los hechos recogidos en el escrito de calificación fiscal "no se ajustan a la realidad" y ha puntualizado que la imputación del delito de falsedad documental responde a un error de interpretación de las manifestaciones efectuadas por Llamas durante la instrucción.
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Declaración
El alcalde de Cantoria, ha asegurado, por su parte, el pasado martes, que no actuó ante la construcción de cuatro viviendas en suelo no urbanizable y sin licencia municipal de obras entre los años 2003 y 2004 en el paraje de Las Terreras porque "carecía de medios" para incoar expediente sancionador y ha justificado el que autorizase el suministro de agua y luz en "razones humanitarias" ya que había "familias viviendo en ellas".
"No fue por pasividad sino porque carecía de medios para perseguir y vigilar estos delitos hasta 2006 y prueba de ello es que pedí colaboración a la Junta de Andalucía", ha indicado Llamas en alusión a un escrito fechado en diciembre de 2004 durante la primera sesión de la vista oral que se celebra ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial. El citado escrito, según ha explicado, dio lugar a que la Consejería de Obras Públicas acordase subrogar la incoación del expediente de disciplina urbanística.
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El regidor, quien ejerce el cargo de manera ininterrumpida desde el año 1993, se enfrenta a penas de diez años y tres meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público y tres meses de cárcel por la presunta prevaricación, omisión del deber de perseguir delitos y falsedad documental. Se sienta en el banquillo de los acusados junto a los dos promotores de la obra y el arquitecto técnico que redactó el proyecto.
Llamas ha reconocido ante la sala que "jamás" concedió licencias de obra, de primera ocupación o de primera utilización para esas viviendas "porque era imposible" y ha señalado que tuvo conocimiento de la "ilegalidad a través de los agentes de la Policía Autonómica", un extremo que ha cuestionado la fiscal al ha subrayar que autorizó el suministro de servicios básicos entre abril y septiembre de 2004, "mucho antes" de que se produjera esa comunicación.
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Ha afirmado, asimismo, no recordar que la secretaria municipal del Consistorio emitiese un informe -que sí obra en la causa- en el proponía la apertura de expediente por obra sin licencia y la restauración del medio a su estado original o, de forma alternativa, suspender el suministro de luz y agua. Con respecto a esto último, ha defendido que nunca "mintió" a la Policía Autonómica al decir que no había emitido certificados para que se dieran de alta estos servicios "ya que lo que yo di fueron meras autorizaciones"
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